¿Se puede compensar un saldo a favor en renta con Iva?
Tengo un saldo a favor en renta y a la vez tengo una deuda por concepto de Iva. ¿Puedo hacer esa compensación?
Respuestas: (1)
Sí. El contribuyente puede solicitar la compensación de las deudas por IVA con los saldos a favor que tenga en renta. De hecho, el artículo 861 del Estatuto Tributario señala que, previo a la devolución de un saldo a favor, la DIAN primero compensará las deudas que el contribuyente tenga con la DIAN.
En consecuencia, no solo es posible, sino que es obligatorio hacer la compensación, de modo que el contribuyente puede solicitar la devolución del saldo a favor en renta, ya que la DIAN de oficio hará la compensación respectiva.
Lo que debe hacer el contribuyente es solicitar la devolución lo más pronto posible para que su obligación con el IVA deje de causar intereses moratorios.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, septiembre 2). ¿Se puede compensar un saldo a favor en renta con Iva?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-compensar-un-saldo-a-favor-en-renta-con-iva-631/