¿Se puede arrendar un local para la misma actividad del arrendatario?
Tengo un local comercial arrendado para una papelería y quiero saber si puedo pedir el local al arrendatario actual para arrendarlo a otra persona que también colocará una papelería.
Respuestas: (1)
Una vez el arrendatario lleva 2 años en el local, adquiere el derecho a que se le renueve el contrato de arrendamiento, y el arrendador puede negarle esa renovación siempre que sea para colocar un establecimiento de comercio suyo con una actividad comercial sustancialmente diferente a la del arrendatario.
Como la ley solo permite terminar el contrato de arrendamiento para que el propietario coloque un establecimiento comercial propio, no puede terminarlo para luego arrendarlo a un tercero para que coloque el mismo negocio al que tenía el arrendatario anterior. De hacerlo, el arrendatario tiene derecho a ser indemnizado.
El local comercial se puede arrendar para desarrollar el mismo negocio cuando el arrendatario al que se le termina el contrato lleva menos de 2 años, cuando el contrato de arrendamiento le es terminado por incumplimiento o cuando el arrendatario decide voluntariamente terminar el contrato. Esto en razón a que el artículo 518 del código de comercio aplica para los casos en que el arrendatario tiene el derecho a que el contrato le sea renovado. En los demás casos, no aplica.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, agosto 20). ¿Se puede arrendar un local para la misma actividad del arrendatario?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-arrendar-un-local-para-la-misma-actividad-del-arrendatario-594/