¿Se justifica cotizar más de 1800 semanas a pensión?

Tengo 55 años y 1840 semanas cotizadas. Me pensiono a los 57 años. Hasta hace 2 años mi IBC era $9.100.000. Sigo trabajando, pero en mi trabajo actual mi IBC es menor y por tal motivo cotizo como independiente para igualar el IBC de hace 2 años. Cuando me pensione tendría 1936 semanas. Mi pregunta es si debo seguir cotizando como independiente para igualar ese IBC aún si ya tengo más de 1800 semanas. ¿Puedo aumentar el IBC para superar los $9.100.000 y así mejorar mi pensión o pierdo ese dinero?

Fecha: 2024-06-05. Editado 2024-06-06 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Autor: Gerencie.com.

Sí se justifica seguir aportando como independiente en razón a que le permite mejorar el promedio del IBL llegado el momento de liquidar la pensión, puesto que mejora o por lo menos mantiene el promedio de los últimos 10 años cotizados o de toda la vida laboral, según corresponda.

La pensión se mejora de dos formas:

  1. Incrementar el IBC.
  2. Cotizar más semanas para incrementar la tasa de reemplazo.

Puede elegir una de las 2 o las 2 al tiempo.

Si incrementa el IBC no perderá la plata puesto que mejora el IBL y por consiguiente su mesada pensional.

Si incrementa las semanas cotizadas es posible que las pierda si la tasa de reemplazo supera el 80% porque el artículo 34 de la ley 100 de 1993 dice que la pensión no podrá ser superior al 80% del IBL.

En razón a que la tasa de reemplazo es decreciente en la medida en que el salario es más alto, significa que cuando mayor sea su IBL necesitará más semanas cotizadas para lograr el 80%, por lo que sin duda necesitará más de 1800 semanas.

Por ejemplo, para un IBL de 10 salarios mínimos mensuales se necesitan aproximadamente 1.950 semanas cotizadas para alcanzar el 80%, en tanto un IBL de 1 salario mínimo necesitará 1.800 semanas para alcanzar el 80% del IBL.

En esta herramienta podrá hacer simulaciones para tener una idea aproximada de las semanas que necesitará cotizar, precisando que no tendrá un resultado exacto pues se trabaja con un IBL sin indexar y con salarios mínimos actuales.

Fecha: 2024-06-06. Editado 2024-06-06 por Gerencie.com
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