¿Se debe entregar dotación a los trabajadores que estén en licencia?
Buenos días, una pregunta, Si yo tengo una licencia de calamidad doméstica y llegó el momento de la entrega de dotación pero no estoy por la licencia, ¿La empresa me lo puede dar después de haber pasado la fecha límite de entrega o me lo tiene que hacer llegar?, gracias de antemano.
Respuestas: (1)
Sí. Según nuestro criterio, la dotación se debe entregar a los trabajadores que estén en licencia, ya sea por calamidad doméstica, licencia de maternidad, paternidad, o incluso cuando estén de vacaciones o incapacitados.
Es así porque el artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo sólo establece dos requisitos para que se cause el derecho a la dotación:
- Que el salario del trabajador sea igual o menor a 2 salarios mínimos mensuales.
- Que el trabajador haya cumplido más de 3 meses al servicio del empleador.
Una vez el trabajador ha cumplido 3 meses vinculado a la empresa, nace su derecho a recibir la dotación por el tiempo que el contrato de trabajo esté vigente, sin más requisitos ni condiciones.
En cuanto a cómo debe entregar la dotación, es un asunto que debe resolver la empresa según su criterio, y bien puede hacerla llegar a la casa del trabajador o guardarla en sus instalaciones (o comprarla) hasta que el trabajador regrese a laborar.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 24). ¿Se debe entregar dotación a los trabajadores que estén en licencia?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-debe-entregar-dotacion-a-los-trabajadores-que-esten-en-licencia-1038/