¿Se debe aplicar Reteica en la venta de acciones?

¿Si una empresa compra acciones debe aplicar retención en la fuente por Ica?

Fecha: 2024-05-11. Editado 2024-05-11 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

No. La retención en la fuente por Ica se aplica cuando la actividad está gravada con Ica, y la enajenación de acciones no está gravada con Ica, es decir, no hace parte de la base gravable del impuesto de industria y comercio, y, por tanto, no hay lugar a efectuar retención en la fuente por Ica, o Reteica.

Sin embargo, hay casos en que la enajenación de acciones puede estar gravada con Ica, y para ello transcribimos el siguiente aparte de la sentencia 18703 del 13 de junio de 2013, con ponencia de la magistrada Carmen Teresa Ortiz, de la sección cuarta del Consejo de estado que ha sido reiterada con posterioridad en varia ocasiones:

«En el caso de los ingresos provenientes de la enajenación de acciones, la Sala con fundamento en el concepto de activos fijos, desarrollado en el artículo 60 del Estatuto Tributario, ha sostenido que las acciones se consideran activos fijos, siempre y cuando no se enajenen dentro del giro ordinario de los negocios del contribuyente, caso en el que los ingresos que se obtienen por su venta no hacen parte de la base gravable del impuesto de industria y comercio.»

Es decir que, si la sociedad se dedica a comprar y vender acciones dentro del giro ordinario, y en razón a ello no se clasifican como un activo fijo, la venta de acciones se considera un acto de comercio gravado con el impuesto de industria y comercio, y por tanto puede estar sujeta a retención por Ica siempre que el comprador sea agente de retención por Ica, y se cumpla los elementos que cada municipio haya establecido para que haya lugar a la retención.

Fecha: 2024-05-11
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, mayo 11). ¿Se debe aplicar Reteica en la venta de acciones?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-debe-aplicar-reteica-en-la-venta-de-acciones-277/

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