¿Cómo se liquida la renta presuntiva en el formulario 210?

¿Podrían explicar el cálculo de la renta presuntiva en el formato 210 para declarar renta año gravable 2023?
De antemano, muchas gracias.

Fecha: 2024-06-24. Editado 2024-06-24 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Autor: Gerencie.com.

La forma en que se liquida la rentra presuntiva es la siguiente según el instructivo de la Dian para el formulario 210:

Se toma el patrimonio líquido del año anterior, el que figura en la declaración de renta del año inmediatamente anterior. De ese valor se restan los siguientes conceptos:

  • El valor patrimonial neto de los aportes y acciones poseídos en sociedades nacionales.
  • El valor patrimonial neto de los bienes afectados por hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito, siempre que se demuestre la existencia de estos hechos y la proporción en que influyeron en la determinación de una renta líquida inferior.
  • El valor patrimonial neto de los bienes vinculados a empresas en período improductivo.
  • A partir del año gravable 2002 el valor patrimonial neto de los bienes vinculados directamente a empresas cuyo objeto social exclusivo sea la minería distinta de la explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos.
  • Las primeras diecinueve mil (19.000) UVT de activos del contribuyente destinados al sector agropecuario se excluirán de la base de aplicación de la renta presuntiva sobre patrimonio líquido.
  • Las primeras ocho mil (8.000) UVT del valor de la vivienda de habitación del contribuyente.
  • El valor patrimonial neto de los bienes destinados exclusivamente a actividades deportivas de clubes sociales y deportivos.

Al resultado anterior se le aplica la tarifa de renta presuntiva que hoy es del 0%, por lo que el resultado será 0 naturalmente.

Seguidamente se suman las rentas que hubieran generado los activos previamente restados del patrimonio líquido, y el resultado es el valor de la renta presuntiva, que será cero una vez más si no se restó ninguno de los activos al patrimonio líquido.

Determinada la renta presuntiva según lo anterior, se restan las rentas exentas en proporción a los montos máximos tomados por este concepto en las rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral, de capital y no laborales, dando el resultado final de la renta presuntiva que se coloca en la casilla 98 del formulario.

En el formulario 210 hay una sección que identifica las «Rentas de trabajo que no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria», además de las rentas de pital y rentas no laborales, y son las rentas exentas asociadas a dichos conceptos las que se toman como referencia para determinar la proporción, rentas exentas que está limitadas a 1.340 Uvt y 40% de los ingresos netos (Ingresos totales menos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional).

En general, cuando no se hace una depuración del patrimonio líquido no hay que sumar rentas de esos activos, y no se torna no es necesario detraer la proporción de rentas exenta y la renta presuntiva termina siendo cero sin que se pueda afirmar que haya algo irregular.

Una vez determinada la renta exenta que corresponde la casilla 98, los siguientes renglones del formulario la toman automáticamente.

Fecha: 2024-06-24
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