¿Registro civil digital es válido en procesos de sucesión y liquidación de sociedad conyugal?
¿Se puede hacer uso del registro civil digital de matrimonio para acreditar la existencia de un matrimonio en un proceso de sucesión donde no ha habido lugar a la liquidación conyugal del fallecido? ¿O se requiere la copia original con las anotaciones?
Respuestas: (1)
Para realizar procesos de sucesión y liquidación de sociedad conyugal en los que se requiere acreditar el matrimonio o el estado civil de los interesados, es necesario aportar copia del registro civil con anotaciones, ya que se debe presentar prueba reciente del estado civil de la persona y eso solo es posible si se tienen las anotaciones que correspondan.
En consecuencia, si el registro civil digital de matrimonio (Certificado Del Estado Civil Digital) no presenta las anotaciones correspondientes, no sería válido, porque el funcionario debe poder verificar la realidad actual del estado civil de las partes involucradas en el proceso.
Preguntas relacionadas:
- Guía Laboral 2025. Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador y como empleador
- ¿Qué pasa si la sucesión no alcanza para pagar a los acreedores?
- ¿Cuándo notificar el mandamiento de pago en un proceso ejecutivo?
- ¿Procede la demanda de reconvención en procesos de divorcio?
- ¿Cómo cancelar el patrimonio de familia con hijos mayores de edad?
- ¿Se deben levantar las medidas cautelares cuando se apela una sentencia en procesos ejecutivos?
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 6). ¿Registro civil digital es válido en procesos de sucesión y liquidación de sociedad conyugal? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/registro-civil-digital-es-valido-en-procesos-de-sucesion-y-liquidacion-de-sociedad-conyugal-1194/