¿Realmente la empresa tiene 5 días adicionales para realizar pago de quincena?

Buen día, mi empleador insiste constantemente en qué tiene 5 días adicionales para realizar el pago de la quincena, teniendo en cuenta que en mi contrato laboral indica fechas de pago quincenal entendiéndose 15 y último día de cada mes, no estipula ningún tiempo adicional. ¿Bajo qué fundamentos se basa para afirmar que tiene hasta el 20 y hasta el 5 para realizar pago? ¿Bajo qué fundamentos me puedo yo basar para la próxima vez que me diga tengo 5 días para realizar pago hacerle saber que está cometiendo un error o él está en lo correcto y la errada soy yo? Gracias.

Fecha: 2024-06-15. Editado 2024-06-15 por Gerencie.com

Respuestas: (3)

Autor: Gerencie.com.

El pago del salario está regulado por los artículos 134 y 138 del código sustantivo del trabajo, y ninguno de ellos de forma expresa establece el pazo que tiene el empleador para pagar el salario, por lo que debe ser regulado en el contrato de trabajo.

Si en el contrato de trabajo se pactó que el salario se pagará el 15 y último día del mes, ese es el plazo que tiene el empleador para pagarlo.

Para que el empleador pueda pagar el salario 5 días después de causado, así debió haberse pactado en el contrato, y según usted comenta, ese no fue el caso.

Habiendo aclarado lo anterior, si el empleador decide pagar el salario 5 días tarde con respecto al plazo pagado, no es mucho lo que pueda hacer el trabajador, porque 5 días de retardo en general se considera razonable y no se entiende como un cumplimiento grave por parte del empleador, por lo que ninguna demanda prosperaría ni se puede alegar acoso laboral, etc.

Frente a esta situación, que es de lo más común, el trabajador no puede hacer nada distinto a realizar un presupuesto para ajustar sus finanzas a la fecha en que usualmente recibe el pago del salario.

Consulte: ¿Cuándo se debe pagar el salario?

Fecha: 2024-06-15
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Autor: Mr Hernández.

Clasificación

Reputación: 3 puntos
Nivel: 1
Si se vuelve constante es decir decide pagar en días no acordados en el contrato laboral si se podría proceder a hacer algo o simplemente toca ajustarse a la fecha que ellos quieran pagar. ?
Fecha: 2024-06-15
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Autor: Gerencie.com.

El artículo 62 del código sustantivo del trabajo señala como justa causa para que el trabajador renuncie por justa causa y como consecuencia de ello se configure el despido indirecto, el hecho de que el trabajador incumpla con sus obligaciones (como pagar oportunamente el salario) de forma sistemática y grave, al pagar todos los meses 5 días tardes se puede interpretar como un incumplimiento sistemático, por difícilmente un juez laboral o incluso el ministerio del trabajo califiquen como grave ese incumplimiento.

Naturalmente usted podría interponer la respectiva denuncia al ministerio del trabajo quien realizará una investigación administrativa, pero en nuestro criterio es poco probable que se le imponga alguna sanción al empleador por ese retardo y quizás el ministerio se limite a recomendarle hacer los pagos oportunos.

Fecha: 2024-06-15. Editado 2024-06-16 por Gerencie.com
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