¿Qué pasa si no me consignan los intereses de cesantías?
A la fecha no me han consignado las cesantías. ¿Qué puedo hacer para que la empresa me las consigne?
Respuestas: (1)
Si el empleador no paga los intereses de cesantías al trabajador, deberá pagar a este una suma igual a los intereses de cesantías no pagados, es decir, deberá pagar dos veces los intereses de cesantías.
En primer lugar, debemos precisar que los intereses de cesantías no se deben consignar en el fondo de cesantías.
Los intereses de cesantías se deben pagar directamente al trabajador, y se consignan en la cuenta de nómina del trabajador, que es diferente.
Preguntas relacionadas:
- Guía Laboral 2025. Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador y como empleador
- ¿Debo devolver la dotación al terminar el contrato de trabajo?
- ¿Derecho a vacaciones y reponer tiempo?
- ¿Se debe entregar dotación a los trabajadores que estén en licencia?
- ¿Qué es un auxilio de sostenimiento?
- ¿Se deben pagar recargos en los turnos de 12 horas?
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, marzo 1). ¿Qué pasa si no me consignan los intereses de cesantías? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-pasa-si-no-me-consignan-los-intereses-de-cesantias-121/