¿Puedo celebrar un segundo contrato de aprendizaje si ya tuve uno?
¿Si ya tuve un contrato de aprendizaje en otra carrera que hice puedo volver a tener otro con la misma empresa o con otra distinta?
Respuestas: (1)
Sólo es posible celebrar un segundo contrato de aprendizaje en el desarrollo de la cadena de formación, esto es, que el nuevo programa corresponda a la continuación del anterior en un nivel superior, es decir, que corresponda a la misma línea de ocupación o de oficio.
En consecuencia, si cursa una carrera o programa técnico en un temática o área formativa diferente a la anterior por la que ya firmó un contrato de aprendizaje, no puede firmar uno nuevo.
Por ejemplo, si estudió electricidad automotriz y luego hace un técnico de electrónica automotriz. En ese caso puede tener un segundo contrato de aprendizaje, pero si el primer técnico lo hizo de mercadeo y el segundo técnico electricista no puede tener un segundo contrato de aprendizaje.
Resumiendo, los requisitos o condiciones para tener un segundo contrato de aprendizaje son los siguientes según el concepto del Sena 35299 de 2020:
- Los programas de formación deben corresponder a la misma línea de formación.
- El segundo programa debe corresponder a nivel de educación superior al cursado anteriormente.
- Debió obtener el título en el programa objeto del anterior contrato de aprendizaje.
- No debió haber incumplido las obligaciones del anterior contrato de aprendizaje.
Es decir que, si no terminó el primer contrato de aprendizaje o no logró graduarse, ya no puede tener un segundo contrato de aprendizaje.
Si se cumplen los anteriores requisitos podrá tener el segundo contrato de aprendizaje con la misma empresa o con una distinta.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, junio 12). ¿Puedo celebrar un segundo contrato de aprendizaje si ya tuve uno?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/puedo-celebrar-un-segundo-contrato-de-aprendizaje-si-ya-tuve-uno-387/