¿Un responsable del Iva puede no facturar el Iva si cumple los topes para no ser responsable del Iva?
¿Puede una persona natural dedicada a la arquitectura y construcción con responsabilidad en Rut 48 no facturar IVA si cumple con el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario?
Respuestas: (1)
No. Mientras la persona natural tenga en el RUT la responsabilidad del IVA (48), es responsable del IVA y debe facturar el IVA en las operaciones que realice, incluso si cumple con los topes que le permitirían no ser responsable del IVA, según el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario.
En tal evento, lo que debe hacer la persona natural es actualizar el RUT para eliminar la responsabilidad del IVA, lo que solo puede hacer el siguiente año al año en el cual cumple con tales topes.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, febrero 15). ¿Un responsable del Iva puede no facturar el Iva si cumple los topes para no ser responsable del Iva? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/puede-una-persona-natural-dedicada-a-la-arquitectura-y-construccion-con-responsabilidad-en-rut-48-no-facturar-iva-si-cumple-con-el-paragrafo-3-del-articulo-437-del-estatuto-tributario-1122/