¿Procede la tutela para reclamar la prescripción?

Si se causa la prescripción, ¿es necesario recurrir al recurso de reconsideración o se puede recurrir directamente a la tutela para que se reconozca el derecho?

Fecha: 2025-01-27. Editado 2025-01-28 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Considerando que la acción de tutela es excepcional y solo procede cuando no hay otro mecanismo judicial o administrativo para reclamar un derecho, es necesario agotar los recursos administrativos que la ley prevé.

En consecuencia, deberá presentar el recurso de reconsideración o la excepción de prescripción, según corresponda, y si esta es negada a pesar haberse configurado, entonces sí podría ser procedente una tutela, pero aún así es probable que el juez la considere improcedente porque aún existe un recurso judicial ordinario para alegar la prescripción y es la acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante el tribunal administrativo.

La acción de tutela no está llamada a sustituir a la justicia ordinaria, sino que fue concebida para los casos en que se desconocen derechos fundamentales, como el debido proceso o el derecho a la defensa.

De manera que, si la persona no hace uso de los recursos que la ley ha dispuesto, ya sea por desconocimiento o por negligencia, no puede alegar que se le violó el debido proceso o el derecho a la defensa.

Por último, precisar que, aunque en principio la acción de tutela no procede cuando existen otros mecanismos judiciales o administrativos idóneos, hay excepciones. Por ejemplo, si la persona se encuentra en una situación de vulnerabilidad o existe un perjuicio irremediable que exige una respuesta inmediata, el juez podría conceder la tutela como mecanismo transitorio, incluso si no se han agotado los recursos ordinarios.

Fecha: 2025-01-28
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, enero 27). ¿Procede la tutela para reclamar la prescripción? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/procede-la-tutela-para-reclamar-la-prescripcion-1048/

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