¿Procede el derecho de petición para probar subordinación laboral?

Si para comprobar subordinación en mi contrato de prestación de servicios hago un derecho de petición pidiendo a la empresa constancia de que en el ejercicio de mis funciones cumplo horario, recibo salario mensual y laboro en coordinación y apoyo con empleados de la empresa, siendo todo cierto, ¿la empresa está obligada a darme la constancia? ¿En caso de que no lo haga, qué acciones debo tomar?

Fecha: 2025-02-05

Respuestas: (1)

No. En primer lugar, el derecho de petición es una figura propia del derecho administrativo que aplica únicamente para entidades estatales y, excepcionalmente, contra particulares que ejerzan alguna actividad pública o presten un servicio público, pero no para una empresa privada, que no tendrá la obligación de responderlo.

La empresa tampoco está obligada a expedir ningún certificado en los términos que usted refiere; tan solo está obligada a expedir el certificado al que hace referencia el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, y que debe contener solo lo siguiente:

  • Tiempo de servicio del trabajador.
  • Cargo y funciones desempeñadas por el trabajador.
  • Salario devengado por el trabajador.

La obligación de expedir tal certificado solo opera cuando el contrato de trabajo termina, no en ejecución de él, y la empresa solo está obligada a expedirlo si se trata de un trabajador vinculado con un contrato de trabajo, no con un contrato de servicios, por lo que no sirve para su propósito.

Lo que sí puede utilizar a su favor como elemento indiciario es cualquier certificación que la empresa haya expedido por solicitud suya, algo que las empresas regularmente hacen cuando un trabajador solicita como un favor.

Lo que debe hacer es buscar otros elementos que puedan probar la subordinación, como el cumplimiento de horarios, la obligación de seguir directrices, rendir informes, testimonios, etc., y presentar una demanda laboral.

Certificado laboral en el contrato de prestación de servicios.Certificación de servicios prestados cuando el trabajador ha estado vinculado mediante un contrato de prestación de servicios.

Fecha: 2025-02-05
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, febrero 5). ¿Procede el derecho de petición para probar subordinación laboral? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/procede-el-derecho-de-peticion-para-probar-subordinacion-laboral-1079/

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