Porcentaje de pensión por hijo discapacitado
¿Cuál es el porcentaje de pensión que se paga o reconoce por un hijo discapacitado?
Respuestas: (1)
Cuando se reconoce la pensión especial de vejez por hijo discapacitado se liquida conforme a las reglas generales, de modo que el porcentaje o tasa de reemplazo es el que resulte de las semanas cotizadas que se tenga.
Por ejemplo, el requisito mínimo de semanas cotizadas es de 1.300 semanas, con las cuales se reconoce el 64.731% del IBL, valor que se incrementa cuando se han cotizado más semanas.
La pensión especial de vejez se liquida como si fuera la pensión de vejez, y el tratamiento especial radica únicamente en que no se requiere haber cumplido el requisito de edad.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, marzo 11). Porcentaje de pensión por hijo discapacitado. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/porcentaje-de-pension-por-hijo-discapacitado-142/