Normalización activos en el exterior
Si soy Colombiano No residente fiscal, viviendo actualmente en el exterior, pero quiero volver a residir en Colombia y tengo activos en el extranjero que fueron generados por rentas tributadas en el extranjero y que bajo mi calidad de No residente fiscal de Colombia nunca fueron declarados en Colombia, ¿qué debo hacer para regularizarlos y tiene algún impuesto? ¿también se consideran activos omitidos a pesar de que no tenía obligación de declararlos?
Respuestas: (1)
La normalización tributaria aplica para los casos en que se han omitido activos, y la omisión significa que no se declararon cuanto se tenía la obligación de declararlos, pero en su caso no existía tal obligación toda vez que no era residente fiscal y como tal no debía declarar renta, por lo tanto, no podía existir omisión de activos, presupuesto esencial de la normalización tributaria.
Si regresa a Colombia y se hace residente fiscal, tendrá que declara tanto los ingresos de fuente nacional como los de fuente extranjera, y tendrá que declarar los activos que tenga en el exterior, y podría convertirse en sujeto pasivo del impuesto al patrimonio.
Por el simple hecho de regresar a Colombia no debe pagar impuesto alguno. Tendrá que pagar impuesto sobre la renta líquida que determine según sus ingresos, y eventualmente pagar impuesto al patrimonio si el monto de sus activos, incluidos los del exterior, supera la base mínima de este impuesto.
Podrá descontar los impuestos que pague en el exterior en el periodo gravable respectivo, ya sea haciendo uso de un convenido de doble tributación si lo hubiere, o como descuento tributario.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, febrero 8). Normalización activos en el exterior. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/normalizacion-activos-en-el-exterior-74/