No pago de prestaciones sociales por empresas de aseo y vigilancia
¿Qué debe hacer la administración de un conjunto o edificio si las empresas de aseo y vigilancia contratadas no pagan la liquidación de prestaciones sociales a uno de sus trabajadores y estos demandan?
Respuestas: (1)
La propiedad horizontal es responsable solidaria por las obligaciones laborales frente a los trabajadores que sea vinculados por medio de terceros, llámese empresas de aseo y vigilancia o cooperativas de trabajo asociado, etc.
En ese sentido, si la empresa de aseo y vigilancia no paga las prestaciones sociales de sus trabajadores, los trabajadores pueden demandar a la propiedad horizontal y será condenada a pagarlas.
Lo que deber hacer la propiedad horizontal, es exigir a la empresa de aseo y vigilancia el pago de las prestaciones sociales, ya sea directamente a los trabajadores, o a la misma o propiedad si esta las ha pagado.
Téngase en cuenta que entre la propiedad horizontal y la empresa de aseo y vigilancia hay un contrato firmado, contrato que se debe respetar, se debe cumplir, y en ese caso, evidentemente en ese caso la empresa de aseo y vigilancia ha incumplido, y en ese sentido, la propiedad horizontal puede demandar civilmente a la empresa por ese incumplimiento, e incluso reclamar el pago de una posible indemnización según los términos del contrato firmado.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, marzo 8). No pago de prestaciones sociales por empresas de aseo y vigilancia. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/no-pago-de-prestaciones-sociales-por-empresas-de-aseo-y-vigilancia-132/