¿Los derechos herenciales se pueden embargar?
Tengo una deuda desde hace 7 años, y he venido pagando intereses regularmente. ¿Si dejo de pagar esa deuda me pueden embargar los derechos de sucesión que tengo sobre la herencia que dejó mi padre?
Respuestas: (1)
Sí. Los derechos herenciales o hereditarios se pueden embargar, puesto que, como todo derecho real, y el derecho herencial lo es (artículo 665 C.C), puede de ser objeto de medidas cautelares como el embargo.
El embargo se aplica sobre los derechos herenciales, más no sobre los bienes individuales del causante, que aún figuran a su nombre o de otros.
Es así como el inciso segundo del artículo 593 del código general del proceso señala que si el bien no pertenece al afectado el registrador se abstendrá de registrar el embargo, y el bien no figurará a nombre del ejecutad o embargado hasta tanto no se realice la liquidación de la sucesión y el bien pretendido le sea asignado y figure a su nombre.
Por ello, la orden de embargo generalmente versa sobre los derechos herenciales que puedan corresponder al heredero ejecutado.
Además, del derecho herencial versa sobre una participación porcentual de una masa sucesoral aun no dividida, por lo que es incierta, no específica.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, junio 14). ¿Los derechos herenciales se pueden embargar?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-derechos-herenciales-se-pueden-embargar-395/