Autor: AvgDerecho laboral
Licencia por fallecimiento de suegro
¿Tengo derecho a la licencia si ha fallecido mi suegro?
Fecha: 2024-05-15. Editado 2024-05-15 por Gerencie.com
Respuestas: (1)
Si. El trabajador tiene derecho a la licencia remunerada por luto de 5 día cuando fallece su suegro.
El artículo 57 del código sustantivo del trabajo señala que se tiene derecho a la licencia cuando fallece un familiar en el primer grado de afinidad, y entre ellos están los suegros.
Fecha: 2024-05-15
0
0
Preguntas relacionadas:
- ¿Qué derechos laborales tienen los trabajadores de negocios digitales en Colombia?
- ¿Qué régimen laboral rige en los negocios digitales?
- ¿Se puede retener la liquidación del trabajador por deudas comerciales como cliente?
- ¿Se puede compensar en dinero la licencia por luto?
- ¿Es legal que la empresa incremente las metas para tener derecho a la comisión?
Debe iniciar sesión para responder. Si no está registrado regístrese aquí, es grátis.
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, mayo 15). Licencia por fallecimiento de suegro. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/licencia-por-fallecimiento-de-suegro-285/