¿Las vacaciones se pueden pagar antes de disfrutarlas?

¿Puedo solicitar a mi empleador que me pague las vacaciones antes de disfrutarlas?

Fecha: 2025-04-02

Respuestas: (1)

Sí. En vista a que no existe ninguna ley que lo prohíba, y que tal acción no perjudica al trabajador, sino que por el contrario lo beneficia, o por lo menos se hace a solicitud del trabajador, es posible pagar la vacaciones antes de su disfrute.

Sin embargo, para efecto de los pagos a seguridad social, lo recomendable es hacer uso de un concepto como anticipo de salario o vacaciones, y no vacaciones como tal, porque habrá un mes el que se reciba un mayor salario y otro en el que se reciba un menor salario o pago, lo que puede causar dificultades en la liquidación de los aportes a seguridad social especialmente si se devenga en ese mes menos del salario mínimo.

Fecha: 2025-04-02
0 0
Su respuesta:
Debe iniciar sesión para responder. Si no está registrado regístrese aquí, es grátis.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, abril 2). ¿Las vacaciones se pueden pagar antes de disfrutarlas? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/las-vacaciones-se-pueden-pagar-antes-de-disfrutarlas-1286/

Este sitio web utiliza cookies para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.