¿Las obras de arte están gravadas con el Iva?
¿Debe cobrar IVA el pintor que vende su creación?
Respuestas: (1)
Las obras de arte, como cuadros, pinturas, esculturas, etc., están gravadas con el IVA a la tarifa general, en razón a que no figuran dentro de los bienes exentos, ni los bienes excluidos, ni aquellos que no causan el IVA. De manera que, como no existe un tratamiento especial para ellas, se aplica la regla general, y es que todo producto está gravado con el IVA, a no ser que una norma de forma expresa establezca lo contrario.
En consecuencia, si el pintor o artista es responsable del IVA, tendrá que facturar el IVA correspondiente.
En el pasado, las obras de arte sí estaban exentas del IVA (ley 633 del 2000), pero a día de hoy no.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, febrero 17). ¿Las obras de arte están gravadas con el Iva? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/las-obras-de-arte-estan-gravadas-con-el-iva-1129/