¿La propiedad horizontal está exonerada de los aportes parafiscales?

Agradezco si me pueden informar si una propiedad horizontal está exonerada del pago de los aportes parafiscales por los trabajadores que tenga contratados.

Fecha: 2024-06-25. Editado 2024-06-25 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Autor: Gerencie.com.

Sí. Están exoneradas del pago de aportes parafiscales y de seguridad social en salud las personas jurídica constituidas en propiedad horizontal, siempre que sean contribuyentes del impuesto a la renta, es decir, la propiedad horizontal de uso comercial y mixto, exoneración que no aplica a la propiedad horizontal de uso residencial.

La razón es que el inciso primero del artículo 114-1 del estatuto tributario estarán exoneradas «las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios», y por su parte, el artículo 19-5 del estatuto tributario señala que, la propiedad horizontal que destine bienes o áreas comunes para la explotación comercial o industrial generando algún tipo de renta es contribuyente del impuesto a la renta del régimen ordinario.

En consecuencia, en general toda propiedad horizontal de uso mixto o comercial cumple este requisito siendo contribuyente del impuesto a la renta, y como contribuyente del impuesto a la renta está exonerado del pago de aportes parafiscales.

En el caso de la propiedad horizontal de uso residencial, el parágrafo del artículo 19-5 del estatuto tributario señala que no so contribuyentes del impuesto a la renta, y al no serlo no están exoneradas del pago de aportes parafiscales.

Fecha: 2024-06-25
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