¿La mesada 14 es un derecho adquirido?
¿La mesada 14 se puede clasificar como un derecho adquirido?
Respuestas: (1)
Sí. La mesada 14 es un derecho adquirido para quienes cumplieron los requisitos que la ley dispuso para acceder a ella, de lo contrario no es un derecho adquirido es apenas una mera expectativa.
La Corte constitucional en sentencia SU555 de 2014 definió los derechos adquiridos en los siguientes términos:
«De conformidad con la jurisprudencia constitucional, los derechos adquiridos son aquellos que han ingresado definitivamente en el patrimonio de la persona. Así, el derecho se ha adquirido cuando las hipótesis descritas en la ley se cumplen en cabeza de quien reclama el derecho, es decir, cuando las premisas legales se configuran plenamente. De acuerdo con esta noción, las situaciones jurídicas no consolidadas, es decir, aquellas en que los supuestos fácticos para la adquisición del derecho no se han realizado, no constituyen derechos adquiridos sino meras expectativas.»
En consecuencia, la mesada 14 es un derecho adquirido para unas personas y no para otras. Lo será para quienes cumplieron los requisitos para pensionarse a 31 de julio de 2011.
Así, una persona que en 2010 no había cumplidos los requisitos para pensionarse apenas tenía la expectativa para obtener la mesada 14, pero quienes ya habían cumplido los requisitos tenían un derecho adquirido que no podía ser desconocido.
Por eso el acto legislativo 01 de 2005 señala en uno de sus apartes:
«Las personas cuyo derecho a la pensión se cause a partir de la vigencia del presente Acto Legislativo no podrán recibir más de trece (13) mesadas pensionales al año. Se entiende que la pensión se causa cuando se cumplen todos los requisitos para acceder a ella, aún cuando no se hubiese efectuado el reconocimiento»
Quienes a la entrada en vigencia del acto legislativo no habían cumplido los requisitos para pensionarse no tenían un derecho adquirido sino apenas una expectativa y por eso perdieron el derecho a la mesada 14, pero quienes ya cumplían con los requisitos así no se hubieran pensionado tenían un derecho adquirido que no se desconoció.
Preguntas relacionadas:
- ¿Qué derechos tiene la familia de un trabajador que fallece por un accidente o enfermedad laboral?
- ¿Si me divorcié puedo heredar la pensión de mi exesposo?
- ¿Cuántas semanas debo cotizar para pensionarme por alto riesgo?
- ¿Puedo tener doble pensión de sobrevivientes si tuve dos esposos?
- ¿Tengo derecho a la pensión de mi esposo si me divorcio?
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, mayo 31). ¿La mesada 14 es un derecho adquirido?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/la-mesada-14-es-un-derecho-adquirido-360/