¿Es obligatorio tener personería jurídica en un edificio?

¿Es obligatorio tener personería jurídica en un edificio pequeño de 4 pisos y 5 aptos en Cali ? El edificio tiene más de 20 años y no cuenta con personería jurídica actualmente.

Fecha: 2024-09-25. Editado 2024-09-27 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

No es obligatorio constituir una personería jurídica respecto a un edificio. El dueño del edificio decide cómo administrarlo, ya sea como persona natural o como persona jurídica.

En el caso de que los apartamentos tengan diferentes dueños, podrían constituir una propiedad horizontal, lo que tampoco es obligatorio, sino que será una decisión que tomen libremente todos los propietarios.

Fecha: 2024-09-27
0 0
Su respuesta:
Debe iniciar sesión para responder. Si no está registrado regístrese aquí, es grátis.
Compartir esta pregunta
Compártalo en Twitter Compártalo en Facebook Compártalo en Whatsapp

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, septiembre 25). ¿Es obligatorio tener personería jurídica en un edificio?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/es-obligatorio-tener-personeria-juridica-en-un-edificio-719/

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer un mejor servicio. Al seguir navegando acepta su uso.