¿Es deducible en renta el auxilio de internet en el trabajo en casa?
Cordial saludo:
A un empleado que ha trabajado desde su casa, no se le reconoce auxilio de transporte, pero la empresa le reconoce $100,000 mensuales por el internet, agua, energía y demás. ¿Son deducibles estos pagos para la empresa y a qué título? Es decir, ¿como otros pagos?
Muchas gracias.
Respuestas: (1)
Sí. Los valores que el empleador pague como auxilio de conectividad para el pago de la conexión a internet de los empleados que trabajan en casa (teletrabajo) hacen parte de los gastos de personal necesarios para que el trabajador desempeñe sus labores, y por lo tanto son deducibles del impuesto de renta porque cumplen con el requisito de necesidad.
Téngase en cuenta que, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 2088 de 2021, que regula el teletrabajo, cuando el trabajador devenga hasta 2 salarios mínimos, el auxilio de transporte se paga bajo el concepto de auxilio de conectividad. Es decir, no se paga auxilio de transporte, sino que se paga auxilio de conectividad, cuyo monto es el mismo del auxilio de transporte. En ese sentido, el auxilio de conectividad se hace legalmente obligatorio para el empleador y, por lo tanto, deducible del impuesto de renta.
En consecuencia, ese pago se deduce bajo el concepto de auxilio de conectividad, que como se dijo, está considerado en la ley.
Si su trabajador devenga más de 2 salarios mínimos, legalmente no es obligatorio el auxilio de conectividad, pero en todo caso las partes pueden acordarlo, caso en el cual sigue siendo deducible por corresponder a una obligación contractual que el empleador asume para beneficio suyo al contribuir en la ejecución del contrato de trabajo.
Si el trabajador devenga dos salarios mínimos o menos, es obligatorio pagar el auxilio de conectividad, y en tal caso no se debe pagar $100,000, sino el valor actual del auxilio de transporte.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 11). ¿Es deducible en renta el auxilio de internet en el trabajo en casa? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/es-deducible-en-renta-el-auxilio-de-internet-en-el-trabajo-en-casa-1311/