¿En qué concepto va el auxilio de transporte en el certificado de ingresos y retenciones?
¿El auxilio de transporte legal que se le paga al trabajador se debe incluir en el certificado de ingresos y retenciones (220)? Si se incluye, ¿en qué concepto y renglón se incluye?
Respuestas: (1)
La Dian históricamente ha considerado el auxilio de transporte como un elemento del salario del trabajador, razón por la cual en el certificado de ingresos y retenciones se ubica precisamente en el conceto de salarios, que corresponde al renglón 36.
Algunas personas suelen clasificar el auxilio de transporte en «Otros pagos», renglón 46 del formulario 220 lo que no debería suponer ninguna inconveniente ni sanción, per lo recomendables es ubicarlo en el concepto de salario.
Preguntas relacionadas:
- Guía Laboral 2025. Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador y como empleador
- ¿Los pagos no constitutivos de salario entran en la depuración para la retención en la fuente?
- ¿Se deben declarar los bienes embargados y secuestrados?
- ¿Se debe pagar sanción si se corrigen los conceptos en el reporte de información exógena?
- ¿Declaraciones de enero deben ir firmadas por revisor fiscal si se cumplieron topes a 31 de diciembre?
- Facturación Superintendencia de Notariado y Registro
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, agosto 5). ¿En qué concepto va el auxilio de transporte en el certificado de ingresos y retenciones? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-que-concepto-va-el-auxilio-de-transporte-en-el-certificado-de-ingresos-y-retenciones-542/