¿En qué cédula se declaran las consignaciones bancarias?
Cédula en la que se deben declarar las consignaciones bancarias que el contribuyente realiza o recibe.
Respuestas: (1)
Las consignaciones como tal no se declaran en ninguna cédula. Lo que se declara es el concepto que dio origen a la consignación y, de esa forma, se determina la cédula correspondiente.
Por ejemplo, al trabajador al que le han consignado el salario, el salario lo declara en la cédula de rentas de trabajo. Y si la consignación corresponde al pago de unas mercancías vendidas, se declara en la cédula de rentas no laborales; y si corresponde al pago de dividendos de una empresa, se declara en la cédula de dividendos, etc.
En consecuencia, lo que se debe identificar es el porqué y para qué de la consignación, para así determinar cómo se debe declarar ese concepto subyacente.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, septiembre 20). ¿En qué cédula se declaran las consignaciones bancarias?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-que-cedula-se-declaran-las-consignaciones-bancarias-697/