¿El tiquete aéreo es una factura electrónica para efecto de la deducción del 1%?

Hola. Saludos cordiales.
Quisiera preguntar si para efectos del descuento del 1% de la facturación electrónica y pagos por tarjetas, puedo tener en cuenta los tiquetes que se generan después de la compra de un tiquete aéreo. No tengo claro si estos en sí corresponden a una factura electrónica.
Gracias.

Fecha: 2024-08-06. Editado 2024-08-06 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

En general los tiquetes aéreos son clasificados como un documento equivalente a la factura, y en ese caso en nuestro criterio no se pueden incluir para efecto de la deducción del 1% a que hace referencia el numeral 5 del artículo 336 del estatuto tributario.

La razón es que el requisito principal para que un gasto se pueda incluir en ese 1% es que se haya emitido factura electrónica con validación previa, y en general el tiquete aéreo no es una factura electrónica, y considerando que los beneficios tributarios son taxativos y restrictivos, sólo proceden aquellos que cumplen cabalmente con los requisitos establecidos por la ley.

En el evento en que el se haya expedido factura electrónica por el tiquete aéreo sí se puede incluir dentro del conjunto del 1% de los gastos en la medida en que se hayan cumplido los demás requisitos, como que el pago se haya realizado por medios electrónicos.

Fecha: 2024-08-06
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, agosto 6). ¿El tiquete aéreo es una factura electrónica para efecto de la deducción del 1%?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/el-tiquete-aereo-es-una-factura-electronica-para-efecto-de-la-deduccion-del-1-545/

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