¿El saldo a favor se puede utilizar para cubrir el anticipo del impuesto del impuesto a la renta?
Buenas tardes.
¿Puedo utilizar el todo el saldo a favor para anticipo renta año gravable siguiente? ¿Aún en el caso en que realizados los cálculos esta casilla resulte en cero o inferior al saldo a favor?
Respuestas: (3)
No. El anticipo del impuesto de renta es un concepto diferente que se debe calcular conforme lo establece el artículo 807 del estatuto tributario y que se ingresa en el renglón correspondiente del formulario 2010.
Igualmente, el saldo a favor se incluye en el renglón correspondiente, y luego ese saldo a favor es restado del impuesto más el anticipo y menos las retenciones para hallar el saldo a pagar por impuesto o el nuevo saldo a favor según corresponda.
En consecuencia, el resultado es el mismo, pero es necesario que cada concepto vaya en el renglón que corresponda, porque de otro modo la Dian puede detectar una posible inconsistencia que la lleve a iniciar un proceso de fiscalización absolutamente innecesario y evitable.
En días anteriores hice una consulta de si se puede utilizar el saldo a favor para cubrir el anticipo a la renta, por supuesto digitando este anticipo en la casilla 133. Hecho el ejercicio, el sistema resta automáticamente del saldo a favor este anticipo.
¿Qué puede ocurrir si digito un anticipo mayor que el arrojado por el cálculo y dejo en cero el saldo a favor?
Los valores que el contribuyente ingrese en cada renglón se registran en el sistema de la Dian, sistema que los interpretará de la forma en que han sido programados. El anticipo lo tomará como anticipo con todos sus efectos, al igual que el saldo a favor.
Si llegara a incluir un mayor anticipo y un menor saldo a favor con la intención de hacer una especie de compensación, el sistema no comprenderá su intención y asumirá que del saldo a favor del año anterior solo ha imputado una parte. En un futuro, cuando pretenda realizar una devolución, tendrá dificultades, incluso llegando a perder por prescripción la devolución de la parte que no imputó oportunamente.
Como pudo advertir, el sistema automáticamente resta el saldo a favor que digite y suma el anticipo que ingrese, por lo que no tiene sentido intentar hacer ese tipo de compensaciones.
La declaración de renta debe ser diligenciada según la realidad tributaria del contribuyente, y en cada renglón debe ingresarse el valor que corresponde luego de aplicar cada norma.
Ahora, usted puede, si así lo desea, declarar un anticipo mayor, pero si va a imputar el saldo a favor, debería imputarlo completo, o no imputar nada y solicitar la devolución de dicho saldo.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, septiembre 19). ¿El saldo a favor se puede utilizar para cubrir el anticipo del impuesto del impuesto a la renta?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/el-saldo-a-favor-se-puede-utilizar-para-cubrir-el-anticipo-del-impuesto-del-impuesto-a-la-renta-693/