¿Dian puede cobrar deudas de una empresa a otra empresa de los mismos socios?

Hace más de 10 años, tuve una empresa y quedé debiendo algunos períodos de IVA, retefuente y retecree a la DIAN. Estas deudas ya han prescrito (IVA y retefuente), tengo la resolución de prescripción emitido por la DIAN y otro está por prescribir en menos de un mes (retecree). Recientemente, he creado una nueva empresa para iniciar un nuevo negocio. ¿Existe la posibilidad de que la DIAN cobre estas deudas de la antigua empresa a la nueva empresa que estoy creando, siendo yo el mismo representante legal y único accionista en ambas compañías? Ambas son S.A.S.

Fecha: 2025-02-12. Editado 2025-02-12 por David Méndez

Respuestas: (1)

En razón de que cada empresa es jurídicamente independiente, la DIAN no podrá cobrar a la segunda empresa los impuestos que quedó debiendo la primera empresa, aunque sea propiedad del mismo socio. Cada empresa es un universo jurídico independiente.

Lo que sí pudo haber hecho la DIAN es haber cobrado los impuestos al socio de la empresa en aplicación del principio de solidaridad establecido en el artículo 794 del estatuto tributario, y por esa vía haber perseguido las distintas propiedades del socio, desde cuentas bancarias, inmuebles, vehículos, y, como no, las acciones en sus otras empresas en caso de que las tuviera.

Responsabilidad solidaria de los socios en el pago de impuestos.Casos en que los socios son responsables solidarios por el pago de los impuestos de la sociedad, y el límite de esa responsabilidad.

Es decir que, si bien la DIAN no puede cobrar los impuestos a su nueva empresa, sí podría haber perseguido a la segunda empresa, o mejor, sus derechos sobre esa empresa, como lo hubiera hecho al perseguir su casa o vehículo, que es algo distinto.

Sin embargo, como las deudas ya prescribieron, y la que queda ya no le da tiempo a la DIAN para iniciar proceso alguno, se entiende que la DIAN optó por no reclamar la posible responsabilidad solidaria, ni intentar un levantamiento del velo corporativo, conocido también como desestimación de la personalidad jurídica.

Fecha: 2025-02-12
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, febrero 12). ¿Dian puede cobrar deudas de una empresa a otra empresa de los mismos socios? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/dian-puede-cobrar-deudas-de-una-empresa-a-otra-empresa-de-los-mismos-socios-1112/

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