Deducción de intereses de créditos de terceros
Actualmente resido en un apartamento que es propiedad conjunta de mi padre y mi hermana. Aunque comparto la vivienda, soy yo quien se encarga de abonar las cuotas del préstamo hipotecario al banco. En este contexto, me surge la inquietud sobre la posibilidad de deducir los intereses pagados durante el año anterior en mi declaración de renta.
Respuestas: (2)
El artículo 119 del estatuto tributario permite la deducción de los intereses en la adquisición de vivienda, siempre que la vivienda la vivienda pertenezca al contribuyente, es decir, que el crédito hipotecario haya sido realizado para adquisición de vivienda del contribuyente.
En su caso, el apartamento es de su padre y hermana, por lo tanto no podrá deducir los intereses de su declaración de renta.
Ese tema hace parte de la planeación tributaria que se debe hacer para evitar perder algunos beneficios que la ley ha establecido.
Preguntas relacionadas:
- Guía Laboral 2025. Conozca sus derechos y obligaciones laborales como trabajador y como empleador
- ¿Se practica retención en la fuente si se aporta un inmueble a una sociedad?
- ¿Se debe cobrar Iva por la venta de productos comprados en Amazon sin Iva?
- ¿Cómo se liquidan los intereses moratorios por incumplimiento en el pago de un contrato?
- ¿Debo pagar intereses moratorios si corrijo la declaración de renta?
- ¿Cuál es el mejor procedimiento de retención en la fuente en el salario integral?
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2023, diciembre 25). Deducción de intereses de créditos de terceros [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/deduccion-de-intereses-de-creditos-de-terceros-2/