¿Debo pagar intereses moratorios si corrijo la declaración de renta?
Debo corregir la declaración de renta para excluir unas deducciones que no fueron aceptadas por la Dian, y eso me genera un mayor impuesto de $1.200.000. Según su herramienta, debo pagar la sanción mínima. ¿Debo también pagar intereses moratorios?
Respuestas: (1)
Sí. Debe pagar intereses moratorios sobre el mayor impuesto que liquide en la corrección, que en su caso se liquidan sobre $1.200.000, en razón a que es un impuesto que paga luego de vencido el plazo para pagarlo.
Por ejemplo, si su impuesto a pagar legalmente era de $6.000.000 y en la declaración inicial sólo pagó $4.800.000, al presentar la corrección luego de haberse vencido el plazo para pagar, deberá liquidar intereses moratorios sobre la parte del impuesto que no pagó oportunamente, que es $1.200.000.
No se pagan intereses moratorios sobre la sanción, únicamente sobre el mayor impuesto a pagar que resulte de la corrección.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, diciembre 29). ¿Debo pagar intereses moratorios si corrijo la declaración de renta? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/debo-pagar-intereses-moratorios-si-corrijo-la-declaracion-de-renta-974/