¿Cuántas veces se puede impugnar una tutela?
Interpuse una tutela que fue fallada en mi contra, la impugné y volvió a fallar en mu contra. ¿Puedo impugnar de nuevo? ¿Cuántes veces puedo impugnar? ¿Dónde la podría impugnar?
Respuestas: (1)
La acción de tutela se puede impugnar una sola vez. Cuando la acción de tutela es fallada por el juez de primera instancia, puede ser impugnada, que dependiendo del caso puede ser ante un juez civil del circuito o ante el tribunal superior.
Si la impugnación no prospera no existe ningún recurso que el tutelante pueda utilizar; sólo queda la revisión de la Corte constitucional, pero dicha revisión no es rogada, sino que la Corte, bajo sus propios criterios, decide cual tutela someter a revisión y ya es cuestión de «suerte» que elija la tutela que interesa al ciudadano.
Preguntas relacionadas:
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, mayo 17). ¿Cuántas veces se puede impugnar una tutela?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cuantas-veces-se-puede-impugnar-una-tutela-300/