¿Cuándo se debe hacer la cancelación de una hipoteca ante notaría para vender un inmueble?

Hace 6 meses vendí mi apartamento (que estaba hipotecado) hicimos escrituras ante notaría con la compradora (que también hipotecó) y todo quedó ok, pero ahora me viene a decir la compradora que debo pagar la cancelación de la hipoteca, cosa que nunca me informaron pues pensé que toda la documentación, trámites y gastos que me pidieron hacer los abogados de su banco ya estaban ok.
Ya después de 6 meses no cuento con ese gasto, pues creí que el negocio ya se había cerrado. ¿Qué debo hacer?
Mil Gracias!

Fecha: 2024-05-21. Editado 2024-05-21 por Gerencie.com

Respuestas: (2)

Autor: Gerencie.com.

La cancelación de la hipoteca se debe realizar cuando se ha pagado la deuda respaldada por la hipoteca, momento en cual se hacen las gestiones respectivas ante el banco acreedor para hacer las diligencias respectiva con la finalidad de hacer la escritura pública de cancelación de hipoteca, escritura que luego debe ser registrada en la oficina de registro de instrumentos públicos.

Respecto a quién debe pagar los gastos notariales y de registro de la escritura de cancelación de la hipoteca, en general corresponde al propietario del inmueble, que en el caso que usted plantea, dependerá de lo que se haya acordado en la promesa de compraventa.

Po regla general en una promesa de compraventa el vendedor se compromete a entregar el inmueble libre de vicios y gravámenes, y si a eso se comprometió, deberá cumplirlo.

Ahora, parece que en su caso el comprador aceptó comprar un apartamento hipotecado, lo que es legal, y si aceptó comprarlo con ese gravamen, y, además, si en la promesa de compraventa el vendedor no se obligó a pagar el registro de la cancelación de la hipoteca, el vendedor no tendría ninguna responsabilidad y toda la gestión corresponderá al comprador, que, se repite, aceptó comprar el apartamento con el gravamen.

Sin embargo, como no conocemos los detalles del negocio realizado, ni los detalles acordados en la promesa de compraventa, no es posible dar una respuesta definitiva, y se insiste en que se debe proceder según lo pactado entre las partes.

Cuando se vende un inmueble hipotecado se pueden presentar las siguientes situaciones:

  1. El vendedor cancela la hipoteca antes de venderlo para entregar el inmueble libre de gravámenes.
  2. El comprador acepta comprar el inmueble con la hipoteca vigente, y se descuenta el valor de la hipoteca del precio de venta comprometiéndose a pagar la deuda garantizada con la hipoteca.
  3. Se hace una cesión de hipoteca quedando en cabeza del comprador.

En el primer caso lo normal es que el vendedor page los gastos de registro de la cancelación la hipoteca, y en los casos 2 y 3 le correspondería al comprador, pero en los tres casos se puede pactar lo contrario y ahí es donde resulta relevante la promesa de compraventa.

Fecha: 2024-05-21
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Autor: Andre314.

Clasificación

Reputación: 4 puntos
Nivel: 1
Muchísims gracias! Podría contar con tu honorarios para yo enviarte la promesa de compraventa y asi me puedas decir con más certeza qué debo hacer?
Quedo atenta muchas gracias
Fecha: 2024-05-29
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