¿Cómo se practica la retención en la fuente en la venta de vehículos?

¿En la venta de vehículos cómo se practica la retención en la fuente si el vendedor es una persona natural o es una persona jurídica, y cuál es la base legal de dicha práctica?

Fecha: 2025-01-02. Editado 2025-01-02 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Cuando se vende un vehículo, tanto si el vendedor es una persona natural como si es una persona jurídica, se aplica el 1% de retención en la fuente a título de renta.

La base para aplicar la retención en la fuente es el valor comercial que el Ministerio de Trabajo establece cada año.

La retención en la fuente debe ser practicada por la oficina de tránsito en la que se hace la diligencia del traspaso del vehículo.

La base legal es el artículo 398 del Estatuto Tributario. Para más información, consulte el siguiente artículo:

Retención en la fuente en la venta de vehículos.La retención en la fuente y la tarifa aplicable en la venta de vehículos depende de si el vendedor es una persona natural o una jurídica.

Fecha: 2025-01-02
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, enero 2). ¿Cómo se practica la retención en la fuente en la venta de vehículos?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-practica-la-retencion-en-la-fuente-en-la-venta-de-vehiculos-979/

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