¿Cómo se paga el domingo cuando el día de descanso obligatorio es el sábado?
Trabajo de lunes a domingos y descanso los sábados. ¿Cómo me beben pagar el domingo?
Respuestas: (1)
Considerando que el sábado ha sido establecido como el día de descanso obligatorio, el domingo se paga como cualquier día de la semana, sin recargo, puesto que ya está remunerado dentro del salario mensual acordado.
Por acuerdo contractual el sábado se tratará como si fuera domingo, de modo que cuando deba trabajar el sábado, que es su día de descanso obligatorio, se le pagará con el recargo del 75%, como si fuera un trabajo dominical. Así lo señala claramente el artículo 179 del código sustantivo del trabajo:
«El trabajador podrá convenir con el empleador su día de descanso obligatorio el día sábado o domingo, que será reconocido en todos sus aspectos como descanso dominical obligatorio institucionalizado.»
Las partes han acorado que el día de descanso no sea el domingo sin el sábado, de modo que todos los efectos de trabajar el domingo se pasan al día sábado, y el día domingo será un día laboral común y corriente, como si fuera lunes o sábado.
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