¿Cómo se declaran los dineros recibidos al prestar la cuenta para consignar a terceras personas?

Una persona que el año 2023 prestó su cuenta bancaria para recibir dineros para otra persona, y cumple con el monto de consignaciones bancarias para declarar renta, ¿En qué cedula se deben llevar esos dineros y adicional que consecuencias tributarias le acarrean a esta persona por prestar su cuenta?
Agradezco su valiosa información.

Fecha: 2024-08-13. Editado 2024-08-13 por Gerencie.com

Respuestas: (1)

Autor: Gerencie.com.

Cuando una persona presta la cuenta bancaria para consignar dineros de terceros no se causa un ingreso para el contribuyente que presta la cuenta, por lo tanto, en principio no se deben declarar esos dineros.

De acuerdo al artículo 26 del estatuto tributario un ingreso es aquel que es susceptible de incrementar el patrimonio del contribuyente, y si en una cuenta bancaria se recibe dinero que no es del contribuyente ni para el contribuyente no se incrementa su patrimonio y por tanto no tiene la naturaleza de ingreso.

En estos casos lo que se tiene es un ingreso para terceros, que es un pasivo si esos dineros aún estuvieran en el patrimonio del contribuyente a 31 de diciembre.

Sin embargo, cuando las sumas consignadas son considerables es probable que la Dian interprete que el contribuyente ha omitido ingresos y le corresponderá el contribuyente demostrar que lo recibido fue dinero de terceros para terceros, y algunos contribuyentes para evitar esos riesgos deciden declarar esos ingresos, y en tal caso la cédula indicada es la de rentas no laborales.

En cuanto a las consecuencias tributarias por prestar la cuenta a otros no es otra que tener que declarar renta y en algunos casos la obligación de pagar impuesto, e inclusos sanciones e intereses si no se puede acreditar el origen y destino de esos ingresos.

Fecha: 2024-08-13
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