¿Cómo se deberías pagar las horas extras en el personal de salud?

¿Si laboro 12 horas diarias nocturnos y diurnos ya que soy auxiliar de enfermería en forma rotativa como se deberían pagar la horas extras en total se laboral 46 horas semanales? Mi empleador las paga ordinarias, dice que no pueden pagar ni con recargos ya que le es muy difícil porque nosotros trabajamos 12 horas.

Fecha: 2024-10-13. Editado 2024-10-14 por Gerencie.com

Respuestas: (4)

Autor: Gerencie.com.

En el personal de salud, las horas extras se deben pagar con los recargos de ley, puesto que no hay una ley especial para ese sector. En consecuencia, los recargos son los siguientes:

  1. Las horas extras en el turno diurno se deben pagar con un recargo del 25%.
  2. Las horas extras en el turno nocturno se deben pagar con un recargo del 75%.
  3. Las horas ordinarias nocturnas se deben pagar con un recargo del 35%.

Al hacer turnos de 12 horas, en el turno de noche se le debe pagar el recargo nocturno del 35% por las horas ordinarias y el recargo extra nocturno cuando corresponde a horas extras.

Aquí no se trata de si el empleador tiene o no dinero para pagar lo que la ley dice. Es que debe pagar lo que la ley establece. No es excusa la falta de presupuesto para incumplir la ley.

Esa irregularidad puede ser denunciada ante el Ministerio del Trabajo, incluso de forma anónima, además de exigir al empleador directamente que pague lo que la ley le ordena; y si no lo hiciera, puede interponer una demanda laboral.

Fecha: 2024-10-14
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Autor: mariach34.

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Reputación: 3 puntos
Nivel: 1
Es decir, uno normal debe cumplir las horas mensuales, un ejemplo sería este este mes hicimos deberíamos hacer 200 horas, pero yo hice 224 las 24 horas finales son las deberían pagarse extras cierto? Hice un domingo y una noche y ella lo paga como extras ordinarias y no como extras dominicales o nocturnas y ese es el problema y los recargos dominicales solo paga el recargo y no completo yo use tu tabla y según ella se debería pagar esos recargos completos ????
Fecha: 2024-10-15. Editado 2024-10-15 por Gerencie.com
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Autor: mariach34.

Clasificación

Reputación: 3 puntos
Nivel: 1
Solo pago las 24 horas extras con el 25% diurnos
Fecha: 2024-10-15
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Autor: Gerencie.com.

Las horas extras se pagan según se van causando, que es diariamente, luego de superar la jornada diaria ordinaria que debe haberse fijado. Pero si las están calculando de forma mensual, mientras las paguen como debe ser no sería ilegal.

Ahora, en cuanto a las horas extras y las realizadas en domingos y de noche, deben tener el recargo respectivo, y por eso es importante clasificar cada tipo de hora según se vayan causando.

  • Las horas dominicales se pagan con un recargo del 75%, es decir, con el 175%.
  • Las horas extras dominicales diurnas se pagan con un recargo del 100% para un total del 200%.
  • Las horas extras nocturnas dominicales se pagan con un recargo del 150%, para un total del 250%.

Cada tipo de hora tiene su recargo y se debe aplicar ese y no otro.

Además, no se puede pagar únicamente el recargo, sino que se paga la hora ordinaria más el cargo. Ejemplo: Si la hora ordinaria vale $10.000, la hora dominical vale $17.500 y no $7.500, que es únicamente el recargo.

Fecha: 2024-10-15
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