¿Un abogado puede representar al trabajador en la diligencia de descargo?
Si un trabajador quiere presentarse a la diligencia de descargos con un abogado, ¿puede hacerlo?
Respuestas: (1)
En nuestro criterio, sí. La norma no prohíbe que el trabajador esté representado o acompañado por un abogado en la diligencia de descargos, y la empresa no podría impedírselo porque estaría coartando o limitando su derecho a la defensa, principio que el empleador debe guardar estrictamente.
En consecuencia, no hay impedimento legal para que un trabajador contrate a un abogado que lo asista en el proceso relacionado con la diligencia de descargos a la que haya sido citado, aunque el empleador podría impedirlo precisamente por la falta de una norma que regule ese aspecto.
Si el empleador impide que el trabajador lleve a un abogado, en caso de una demanda podría alegar precisamente la violación de su derecho a la defensa, por lo que para el empleador no se justificaría establecer políticas que impidan a un trabajador acompañarse de un abogado.
Esto podría ser relevante dependiendo del tipo de cargos imputados y de la importancia de las funciones desempeñadas por el trabajador, en los que podrá ser útil el manejo y dominio de términos legales.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 9). ¿Un abogado puede representar al trabajador en la diligencia de descargo? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/abogado-puede-representar-al-trabajador-en-diligencia-de-descargo-1298/