Prima de vacaciones

La prima de vacaciones es un beneficio legal o prestación social a la que tienen derecho únicamente los empleados públicos y trabajadores oficiales que no es aplica para los trabajadores del sector público.

En qué consiste la prima de vacaciones.

La prima de vacaciones es una prestación social que se paga al trabajador oficial o público junto con las vacaciones.

Es una prestación contemplada en el artículo 5 del decreto 1045 de 1978. Esta prestación no aplica a los trabajadores del sector privado.

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Los trabajadores del sector privado no tienen ese derecho, a no ser que la prima de vacaciones sea contemplada convencionalmente entre empleador y trabajadores en una convención colectiva o pacto colectivo.

Monto o valor de la prima de vacaciones.

La prima de vacaciones corresponde a 15 días de salario por cada año de servicios prestados, según dispone el artículo 25 del decreto 1045 de 1978.

¿Cómo se liquida la prima de vacaciones?

La prima de vacaciones se liquida con base en los factores salariales que indica el artículo 17 del decreto 1045 de 1978:

  1. La asignación básica mensual señalada para el respectivo cargo.
  2. Los incrementos de remuneración a que se refieren los artículos 49 y 97 del Decreto-Ley 1042 de 1978.
  3. Los gastos de representación.
  4. La prima técnica.
  5. Los auxilios de alimentación y transporte.
  6. La prima de servicios.
  7. La bonificación por servicios prestados.

No todos los trabajadores devengan esos conceptos, de manera que la base para liquidar la prima de vacaciones será la sumatoria de aquellos conceptos que efectivamente se le estén reconociendo.

Fórmula para liquidar prima de vacaciones empleados públicos.

Para liquidar la prima de vacaciones la se aplica la siguiente fórmula:

Salario base / 2

Se suman los concetos que conforman la base de liquidación y el resultado se divide en 2, que representan los 15 días de salario asumiendo un mes laboral de 30 días.

Fecha en que se debe pagar la prima de vacaciones.

De acuerdo con el artículo 28 del decreto 1045 de 1978, la prima de vacaciones se debe pagar dentro de los 5 días hábiles previos a la fecha en que el trabajador iniciará el disfrute de las vacaciones.

Es decir, la prima de vacaciones se paga junto con las vacaciones, que equivalen a 15 días hábiles.

Diferencia entre vacaciones y prima de vacaciones.

Las vacaciones hacen referencia a los días de descanso que el trabajador tiene por conceto de vacaciones, y la prima de vacaciones es un pago adicional que recibe el trabajador durante el periodo de vacaciones.

Por ejemplo, si el trabajador tiene un salario de $3.000.000 y sus vacaciones son de 18 días, recibirá $1.800.000 por vacaciones más $1.500.000 por prima de vacaciones.

Las vacaciones se equivalen a tiempo de descanso, y la prima simplemente es un pago adicional.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2024, octubre 7). Prima de vacaciones [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/prima-de-vacaciones.html

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