En Colombia es legal contratar a mujeres embarazadas, y, de hecho, es ilegal discriminarlas, es decir, no contratarlas por su condición de embarazo. Así que la pregunta no es si se pueden contratar, sino por qué no las contratan.
¿Me pueden contratar si estoy embarazada?
Una mujer en estado de embarazo sí puede ser contratada, en la medida en que el empleador lo considere pertinente y su estado de embarazo no sea incompatible con el cargo que va a desarrollar.
El embarazo no es un impedimento para trabajar, excepto en la parte final del embarazo, pero ello no impide contratar a una mujer embarazada.
Recuérdese que la ley prohíbe solicitar pruebas de embarazo para contratar a una empleada, lo que deja claro que sí se pueden contratar empleadas embarazadas.
Lo que debe tener en cuenta al contratar a una mujer embarazada.
Casi a ninguna empresa, y en especial las pequeñas, les gusta contratar mujeres en estado de embarazo, lo cual parece ser discriminatorio.
Los empresarios no gustan de contratar empleadas embarazadas por las limitaciones físicas y médicas que pueden tener, y por los permisos médicos y la licencia de maternidad.
Cuando se contrata a una empleada que está embarazada, la EPS no paga completa la licencia de maternidad, debiendo el empleador pagar la diferencia, en razón a que la empleada inicia a cotizar luego de iniciado el embarazo, razón por la que el empleador evita contratarlas.
Además, cuando contratan a una empleada que ya está embarazada, pronto tendrán que contratar a otra empleada para que la reemplace mientras dura la licencia de maternidad, lo que desanima a muchos empleadores.
Por supuesto, es una práctica discriminatoria, pero es imposible probar que una empleada no fue contratada por su estado de embarazo, pues cuando ya es evidente no es necesario solicitar una prueba de embarazo.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
No. Es discriminatorio negar el trabajo a una mujer por el simple hecho de estar embarazada. El problema es que las empresas hacen los procesos de selección de tal modo que no es posible relacionar el estado de embarazo con el hecho de no seleccionar a esa trabajadora en específico.
En general no pasa nada porque a la misma empresa le está prohibido solicitar pruebas de embarazo, y, por lo tanto, la mujer no está obligada a informarlo.
Sin embargo, si el cargo al que optó la persona es incompatible con el estado de embarazo, puede suponer un problema para el empleador, y esto podría alegar haber sido engañado. Pero en todo caso no podrá despedir a la empleada precisamente por estar embarazada, aunque dependiendo de la gravedad de la situación podría configurarse una justa causa, para lo cual habrá que solicitar autorización al Ministerio del Trabajo.
Cuando se contrata a una mujer embarazada, debe ser consciente de que asume ciertas obligaciones, como otorgar permisos constantes para los controles rutinarios y, en algunos casos, adaptar el cargo o puesto de trabajo a las condiciones de la empleada, o incluso reubicarla.
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