Los días de permiso o licencia que otorgue la empresa a sus trabajadores no pueden ser descontados de las vacaciones, por cuanto éstas deben ser completas, conforme lo establece la norma.
Permiso o licencia con cargo a vacaciones.
Al respecto, tenemos que decir que las vacaciones no son negociables. Son un derecho irrenunciable del trabajador, tanto que sólo en algunos casos se pueden compensar en dinero, ya que el legislador ha considerado que es absolutamente necesario que el trabajador se tome un descanso.
En ese sentido, no es posible que, si la empresa le otorga un día de permiso al trabajador, luego se lo descuente de las vacaciones.
La ley permite alternativas para que el empleador recupere el tiempo de permisos que otorga a sus trabajadores.
Una de las formas es otorgar una licencia no remunerada, por ejemplo, que consistiría en no remunerarle el día de permiso [artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo].
Vacaciones parciales en lugar de permisos.
Otra alternativa es solicitar vacaciones parciales, lo que es diferente a solicitar un permiso y luego descontarlo de las vacaciones.
La intención del legislador es que el trabajador descanse efectivamente lo que le corresponde por vacaciones, y no considera que puedan ser compensadas con días de permiso, pero sí permite disfrutar vacaciones parciales con la condición de que por lo menos se descansen 6 días seguidos en un año.
En consecuencia, no se trata de otorgar permiso con cargo a vacaciones, sino de otorgar vacaciones parciales, que en la práctica es lo mismo, pero formalmente es distinto.
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