Una de las operaciones típicas del mundo empresarial es la concentración de empresas, que es aquella operación mercantil en la que dos o más sociedades preexistentes unen sus patrimonios sociales (activos, pasivos y patrimonios netos) con la finalidad de crear una entidad de mayor tamaño que las preexistentes.
Qué es la combinación de negocios.
La NIIF 3 define la combinación de negocios como “aquella operación en la que una empresa adquiere el control de uno o varios negocios”. Se entiende por control, a estos efectos, el poder de dirigir las políticas financieras y de explotación de un negocio con la finalidad de obtener beneficios económicos de sus actividades.
En cuanto al concepto de negocio, lo podemos definir como el conjunto integrado de actividades y activos susceptibles de ser dirigidos y gestionados con el propósito de proporcionar un rendimiento, menores costos u otros beneficios económicos directamente a sus propietarios o partícipes.
La adquisición por parte de la sociedad dominante del control de una sociedad dependiente constituye una combinación de negocios, en la que la sociedad dominante ha adquirido el control de todos los elementos patrimoniales de la sociedad dependiente. Esta adquisición se contabilizará de acuerdo con lo establecido en la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, considerando las reglas particulares que se indican desde la perspectiva de los estados financieros consolidados.
Requisitos para la combinación de negocios.
Es imprescindible, pues, para que una operación sea calificada contablemente como combinación de negocios, que se cumplan ambos requisitos:
- Que se trate de un negocio.
- Que se adquiera el control del mismo.
Por tanto, si una entidad obtiene el control de una o más entidades que no son negocios, esa operación no podrá calificarse como una combinación de negocios.
Elementos a considerar en el reconocimiento de la combinación de negocios.
Entre los puntos clave que trata la NIIF 3 sobre la combinación de negocios, tenemos:
- Identificación de la combinación de negocios: La norma establece que una entidad debe identificar una combinación de negocios cuando adquiere el control sobre una entidad adquirida.
- Valoración inicial: Los activos adquiridos y los pasivos asumidos en una combinación de negocios deben ser valorados a su valor razonable en la fecha de adquisición.
- Medición del importe de la inversión en la entidad adquirida: La entidad adquiriente debe medir el importe de la inversión en la entidad adquirida al valor razonable de los activos adquiridos y los pasivos asumidos, más cualquier participación previa en la entidad adquirida y cualquier contraprestación emitida.
- Reconocimiento de pasivos contingentes: La NIIF 3 establece cómo se deben reconocer y medir los pasivos contingentes relacionados con la combinación de negocios.
- Revelaciones: La norma requiere la revelación de información significativa sobre la combinación de negocios, incluyendo información sobre cómo se han valorado los activos y pasivos, los efectos en los resultados de la entidad adquiriente y otra información relevante.
- Cambios posteriores: La NIIF 3 también aborda cómo deben tratarse los cambios posteriores a una combinación de negocios, como las revisiones a los valores razonables y la contabilización de las contingencias.
Por último, no todas las operaciones de concentración empresarial pueden calificarse como combinaciones de negocios. Es el caso de los grupos empresariales que constituyen también operaciones de concentración empresarial, aunque las distintas sociedades o empresas que los integran no pierden su personalidad jurídica.
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