Para efectos de la declaración de renta de las personas naturales, es relevante conocer el listado de paraísos fiscales elaborado por el gobierno colombiano, en la medida en que tener negocios o inversiones en ellos tiene un efecto importante en la residencia fiscal.
Lista de paraísos fiscales.
La lista de paraísos fiscales está definida en el artículo 1.2.2.5.1 del decreto 1625 de 2016, que desarrolla el artículo 260-7 del estatuto tributario.
Estos son los países, territorios o jurisdicciones que han sido calificados como paraíso fiscal de forma oficial por el gobierno colombiano:
Antigua y Barbuda |
Archipiélago de Svalbard |
Colectividad Territorial de San Pedro y Miguelón |
Estado de Brunei Darussalam |
Estado de Kuwait |
Estado de Qatar |
Estado Independiente de Samoa Occidental |
Granada |
Hong Kong |
Isla Queshm |
Islas Cook |
Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno |
Islas Salomón |
Labuán |
Macao |
Mancomunidad de Dominica |
Mancomunidad de las Bahamas |
Reino de Bahrein |
Reino Hachemí de Jordania |
República Cooperativa de Guyana |
República de Angola |
República de Cabo Verde |
República de las Islas Marshall |
República de Liberia |
República de Maldivas |
República de Mauricio |
República de Nauru |
República de Seychelles |
República de Trinidad y Tobago |
República de Vanuatu |
República del Yemen |
República Libanesa |
San Kitts & Nevis |
San Vicente y las Granadinas |
Santa Elena, Ascensión y Tristan de Cunha |
Santa Lucía |
Sultanía de Omán |
En la lista hacen falta otros territorios que cumplen perfectamente con los requisitos considerados como paraísos fiscales pero que no han sido incluidos en la lista oficial, como Delaware, Liechtenstein e incluso Panamá.
La mayoría de los paraísos fiscales son islas remotas y muchos no son países como tales, sino territorios autónomos dependientes de otros países. Algunos de esos territorios ni siquiera tienen 3.000 habitantes, como es el caso de las islas Svalbard, dependientes de Noruega.
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