La cosa fungible es un término muy utilizado principalmente en el derecho civil y hace referencia a las cosas y/o bienes que se deterioran o destruyen al ser utilizados, al hacer uso de ellos.
Cosas fungibles.
El código civil colombiano, en su artículo 663, define la cosa fungible en los siguientes términos:
- Las cosas muebles se dividen en fungibles y no fungibles. A las primeras pertenecen aquéllas de que no puede hacerse el uso conveniente a su naturaleza sin que se destruyan.
- Las especies monetarias, en cuanto perecen para el que las emplea como tales, son cosas fungibles.
Así pues, una cosa se considera fungible si al utilizarse se destruye o se consume, de modo que sea necesario reemplazarla por otra igual.
Las que no son fungibles persisten luego de su uso en razón de que no se consumen.
Ejemplo de cosa fungible.
Un ejemplo de un bien fungible es la gasolina, pues esta desaparece al utilizarse.
Es así que, si una persona le presta a otra un galón de gasolina, la persona que la recibe y la utiliza tendrá que adquirir nuevamente la gasolina para poder devolverla a quien se la prestó; no le puede devolver la misma gasolina, puesto que esta se ha consumido al ser utilizada.
Esto no pasa, por ejemplo, cuando una persona le presta a la otra su casa para que viva en ella, puesto que en cualquier momento puede regresarla sin que la casa haya desaparecido y, por lo tanto, no es necesario adquirir una nueva casa para devolver la prestada.
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