Cuando el trabajador no se presenta a trabajar por razones médicas o de salud, deberá justificarlo ante el empleador, y el documento idóneo para ello es la incapacidad médica suscrita por un médico, que por regla general debe ser un médico de la EPS a la que está afiliado el trabajador. Pero, ¿qué pasa si esa incapacidad está suscrita por un médico particular? ¿Es válida para justificar la ausencia del trabajador?
Lo que dice la ley, la doctrina y la jurisprudencia.
Es un asunto no regulado por la ley, pero el Ministerio del Trabajo, en varias oportunidades, ha señalado que, para justificar la ausencia, el trabajador deberá presentar una incapacidad laboral suscrita por un médico afiliado a la EPS.
Además, la Corte Constitucional, en sentencia T-147 de 2014, parece validar esa interpretación al señalar que:
«Con todo, considera la Sala que la apreciación hecha por el Tribunal accionando, a las pruebas obrantes en el proceso, no es irrazonable, ya que la certificación no tenía la entidad necesaria para considerarse una incapacidad, pues no indicó que la señora María estuviera afectada en su salud para asistir a trabajar. Adicionalmente, de ser urgente la visita al ginecólogo, la accionante debió gestionar de manera urgente dicha cita, pero ella no adujo haber acudido al especialista remitido, justificando de esa manera la ausencia a laborar. Y por último, porque la certificación no fue legalizada ante la EPS correspondiente.»
Tanto la Corte Constitucional como el Ministerio del Trabajo consideran que, para que la incapacidad laboral emitida por un particular pueda justificar la ausencia del trabajador en su lugar de trabajo, es necesario que sea validada, legalizada o transcrita por la EPS.
Conclusión.
Aunque no existe una norma que de forma expresa exija una formalidad o ritualidad específica para que una incapacidad laboral sea justificativa de la ausencia laboral, es razonable considerar que el empleador exija que sea emitida por un médico de la EPS o, en su defecto, que sea validada por la EPS a fin de evitar posibles fraudes por parte del trabajador.
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