La hora extra diurna es la que se trabaja después de terminada la jornada laboral ordinaria y en horas del día, de 6 a.m. a 9 p.m., con un recargo del 25%.
¿Cuáles son las horas extras diurnas?
La hora extra diurna es la que se labora durante el día, que por ser extra es adicional a la jornada laboral ordinaria, por lo que se deben considerar los siguientes elementos.
- La jornada laboral ordinaria es la cantidad de horas al día a la que se comprometió a laborar el empleado.
- El trabajo diurno es el que se desarrolla entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche, según lo señala el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo.
En consecuencia, si el trabajador tiene una jornada diaria de 8 horas y trabajó 9, entonces hizo una hora extra, aquella que excedió su jornada de 8 horas. ¿Y esa hora extra la hizo entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche? Pues entonces es una hora diurna, o mejor, extra y diurna.
Recargo en la hora extra diurna.
La hora extra diurna se paga con un recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria diurna, de acuerdo con el artículo 168 del Código Sustantivo del Trabajo.
Liquidación de la hora extra diurna.
Para liquidar una hora extra diurna, determinamos el valor de la hora ordinaria y se hace dividiendo el salario mensual entre 240.
Ejemplo: para un salario de $2.400.000 mensuales, tendremos una hora ordinaria a $10.000. (2.400.000/240)
Y como el recargo es del 25%, tenemos que una hora extra diurna cuesta:
10.000 x 125% = 12.500.
Que es lo mismo que:
10.000 x 1.25 = 12.500.
Ahora, si la hora extra diurna se labora en un domingo o festivo, al recargo del 25% se le suma el recargo por trabajar en domingos y festivos, que es del 75%. Entonces tenemos:
25% + 75% = 100%.
Así que una hora extra diurna cuesta:
10.000 x 200% = 20.000.
O,
10.000 x 2 = 20.000.
Determinando el factor que es más fácil.
¿Por qué hemos multiplicado por 1,25 o por 2?
Porque la hora extra, al ser adicional a la jornada para la cual fue contratado el trabajador y por la que se le paga un salario, no está incluida en el salario del trabajador, así que se le debe pagar completa, incluyendo el recargo.
Si la hora ordinaria vale $10.000, cuando es extra se deben pagar los 10.000 más el recargo que, en este caso, es del 25%, y el 100% del valor de la hora ordinaria más el 25% del recargo nos da el 125%.
El 125% lo dividimos entre 100 y lo convertimos en 1,25:
125%/100 = 1,25 y así trabajamos con decimales en lugar de porcentajes.
Valor de la hora | 10.000. |
Recargo del 25% | 2.500 |
Valor total | 12.500 |
Para determinar el valor total de la hora incluido el recargo se multiplica:
10.000 x 1.25 = 12.500.
El 1 representa el valor ordinario de la hora, y el .25 el recargo del 25%, y se obtiene el mismo resultado que en el proceso desglosado en la tabla.
Y en el caso de la hora extra dominical con recargo del 100%, se multiplica por 2, donde 1 es el valor de la hora ordinaria y el otro 1 es el recargo respectivo, y 1 + 1 es 2.
Preguntas frecuentes.
A continuación, damos respuesta a las preguntas frecuentes realizadas por nuestros lectores.
Una hora extra diurna es la que se labora una vez ha terminado la jornada laboral ordinaria del trabajador y que, además, se realiza en jornada diurna. Es cuando el trabajador termina su jornada y se queda trabajando más.
El valor de la hora extra diurna es un 25% más que la hora ordinaria, que depende del salario del trabajador, el cual se determina dividiendo el salario entre 240.
Así, en un trabajador con salario de $2.400.000, el valor de la hora extra diurna será de $12.500, resultado de 2.400.000/240 x 1.25.
Es el 25%, es decir, que se paga con un recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria, de modo que se debe liquidar con un 125% sobre el valor de la hora ordinaria.
Para calcular o determinar la hora extra diurna se toma el salario mensual del trabajador, se divide entre 240 y el resultado se multiplica por 1.25.
La hora extra diurna empieza desde que se termina la jornada laboral ordinaria del trabajador. Por ejemplo, si el trabajador tiene una jornada de 8 de la mañana a las 12 del mediodía y desde las 2 de la tarde hasta las 5 de la tarde, la hora extra diurna empieza a las 5 de la tarde.
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