En el régimen simple de tributación, la tarifa del impuesto depende de las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, que están clasificadas por grupos, más exactamente 6 grupos.
Grupo 1.
Al grupo 1 pertenecen las tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías:
La tarifa para el grupo 1 depende de los ingresos brutos anuales así:
- Igual o superior a 0 UVT: 1,2%
- Inferior a 6.000 UVT: 1,2%
- 6.000 a 15.000 UVT: 2,8%
- 15.000 a 30.000 UVT: 4,4%
- 30.000 a 100.000 UVT: 5,6%
Cualquiera sea el monto de los ingresos en los anteriores rangos, los minimercados y demás se seguirán considerando como tal.
Grupo 2.
Al grupo 2 pertenecen las actividades comerciales al por mayor y detalle, servicios técnicos y mecánicos, actividades industriales, actividades de telecomunicaciones y otras actividades no especificadas.
Las tarifas según sus ingresos brutos anuales son las siguientes:
- Igual o superior a 0 UVT: 1,6%
- Inferior a 6.000 UVT: 1,6%
- 6.000 a 15.000 UVT: 2,0%
- 15.000 a 30.000 UVT: 3,5%
- 30.000 a 100.000 UVT: 4,5%
Grupo 3.
Al grupo 3 corresponden las actividades de expendio de comidas y bebidas y actividades de transporte.
Las tarifas según sus ingresos brutos anuales son las siguientes:
- Igual o superior a 0 UVT: 3,1%
- Inferior a 6.000 UVT: 3,1%
- 6.000 a 15.000 UVT: 3,4%
- 15.000 a 30.000 UVT: 4,0%
- 30.000 a 100.000 UVT: 4,5%
Grupo 4.
Al grupo 4 pertenecen las actividades económicas relacionadas con la educación y actividades de atención de la salud humana y de asistencia social.
Sus tarifas de acuerdo con los ingresos brutos anuales son las siguientes:
- Igual o superior a 0 UVT: 3,7%
- Inferior a 6.000 UVT: 3,7%
- 6.000 a 15.000 UVT: 5,0%
- 15.000 a 30.000 UVT: 5,4%
- 30.000 a 100.000 UVT: 5,9%
Grupo 5.
El grupo 5 corresponde a los servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomina el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales.
Sus tarifas de acuerdo a los ingresos brutos anuales son las siguientes:
- Igual o superior a 0 UVT: 7,3%
- Inferior a 6.000 UVT: 7,3%
- 6.000 a 12.000 UVT: 8,3%
Grupo 6.
Corresponde a las actividades de comercio al por mayor de desperdicios, desechos y chatarra, recuperación de materiales y recolección de desechos no peligrosos.
Este grupo tiene una tarifa fija del 1,62%, cualquiera sea el monto de sus ingresos brutos anuales.
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