Favorabilidad, In dubio pro operario y condición más beneficiosa

En el derecho laboral nos encontramos con el principio In dubio pro operario, el de la norma más favorable y el de la condición más beneficiosa, que buscan favorecer los intereses del trabajador bajo el principio general de favorabilidad.

In dubio pro operario.

El principio In dubio pro operario hace referencia a la obligación del juez de aplicar la interpretación de la norma que le resulte más favorable al trabajador.

Esto se da cuando una misma norma tiene varias interpretaciones, donde una interpretación beneficia más al trabajador que otras, y en tal situación el juez tiene el deber de aplicar aquella interpretación que resulte más favorable a los intereses del trabajador.

No se trata de que existan distintas normas, sino de una misma norma que tiene más de una interpretación.

Requisitos del principio In dubio pro operario.

La aplicación del principio de In dubio pro operario exige dos requisitos:

  1. Que exista una norma que tenga varias interpretaciones.
  2. Que el juez tenga duda sobre cuál de esas interpretaciones debe aplicar.

Respecto a este principio, la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL1084-2020 con radicación 68086 del 20 de abril de 2020, rememoró el siguiente criterio jurisprudencial.

«Aparte de lo anterior, tal principio carece del alcance que le atribuye el impugnante, por cuanto dicha regla interpretativa consiste en que cuando existan dudas fundadas en el entendimiento de una norma, esto es, cuando el operador jurídico encuentre lógicamente posibles y razonablemente aplicables al asunto debatido dos o más intelecciones del precepto, debe acoger aquella que más beneficie al trabajador (…) pero siempre que la disparidad de interpretaciones resulte de la comprensión que el mismo fallador considere posible al aplicar las reglas generales de hermenéutica jurídica y las especificas o propias del Derecho Laboral. En consecuencia, la que deberá resolverse de manera que produzca los efectos más favorables al trabajador será aquella duda respecto del entendimiento o inteligencia de la norma jurídica que resulte de las diferentes interpretaciones que el juzgador encuentre lógicamente posibles y razonablemente aplicables al caso, pero no la que, para un propósito determinado, se le pueda presentar a alguna de las partes comprometidas o a los interesados en el resultado el proceso.»

El principio de In dubio pro operario aplica únicamente respecto a interpretaciones normativas, contractuales o convencionales, más no sobre las interpretaciones probatorias.

Principio de favorabilidad o norma más favorable.

El principio de In dubio pro operario se suele confundir con el principio de la norma más favorable, que son bien distintos por lo siguiente.

El principio In dubio pro operario se aplica cuando una misma norma tiene varias interpretaciones, en tanto que el principio de favorabilidad se aplica cuando existen dos normas distintas que regulan la misma materia.

En el artículo 21 del Código Sustantivo del Trabajo encontramos lo siguiente:

«En caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador. La norma que se adopte debe aplicarse en su integridad.»

La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL742-2020 con radicación 69263 del 3 de marzo de 2020, señaló:

«Aunque podría argumentarse que la ineficacia no puede deslindarse del reintegro, para efectos de aplicar la prescripción, lo cierto es que en este caso es latente la aplicación del principio de favorabilidad (arts. 53 CN y 21 CST); dicha institución jurídica se encuentra llamada a operar «[…] ante la duda en la aplicación o interpretación de las fuentes formales de derecho, vale decir, cuando se enfrentan disposiciones coexistentes aparentemente contradictorias que regulen el tema, eventualidad en la que el juzgador ha de aplicar la que más convenga a los intereses del trabajador»

De lo anterior, encontramos que el principio de favorabilidad se aplica cuando se dan las siguientes circunstancias:

  1. Hay varias normas vigentes sobre la misma materia.
  2. Que exista duda en la aplicación.

Una vez el juez decida la más favorable, debe aplicarla en su totalidad, es decir, no puede aplicar parte de una norma y parte de la otra, incluso si las dos partes benefician al trabajador.

Es decir, que la norma más favorable debe ser aplicada en su totalidad, incluyendo los apartes que no sean favorables al trabajador.

Principio de la condición más beneficiosa.

La condición más beneficiosa de la ley es otro principio que busca favorecer al trabajador, y se presenta cuando las normas que regulan una materia cambian.

Este principio exige que, en vigencia de la ley derogada o modificada, se haya concretado una situación jurídica en favor del trabajador.

La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL1945-2020 con radicación 74811 del 30 de junio de 2020, enumera las siguientes características del principio de la condición más beneficiosa:

  1. Es una excepción al principio de la retrospectividad.
  2. Opera en la sucesión o tránsito legislativo.
  3. Procede cuando se predica la aplicación de la normatividad inmediatamente anterior a la vigente al momento del siniestro.
  4. Entra en vigor solamente a falta de un régimen de transición, porque de existir tal régimen no habría controversia alguna originada por el cambio normativo, dado el mantenimiento de la ley antigua, total o parcialmente, y su coexistencia en el tiempo con la nueva.
  5. Entra en juego, no para proteger a quienes tienen una mera o simple expectativa, pues para ellos la nueva ley puede modificarles el régimen pensional, sino a un grupo de personas que, si bien no tienen un derecho adquirido, se ubican en una posición intermedia –expectativas legítimas– habida cuenta que poseen una situación jurídica y fáctica concreta, verbigracia, haber cumplido en su integridad la densidad de semanas necesarias que consagraba la ley derogada.
  6. Respeta la confianza legítima de los destinatarios de la norma.

Como se puede observar, el principio In dubio pro operario predica respecto a una norma vigente que tiene varias interpretaciones, en tanto que la condición más beneficiosa aplica cuando hay un cambio de norma, una nueva y una anterior, una derogada y una vigente.

Cuadro comparativo de principios laborales.

La sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia SL2365-2020 con radicación 79898, hace un resumen de cada principio que plasmamos en el siguiente cuadro comparativo:

Principio. Definición.
In dubio pro operario Se presenta cuando una determinada norma permite varias interpretaciones posibles, evento en el cual el operador jurídico debe escoger la más favorable al trabajador.
Norma más favorable. Tiene lugar cuando se enfrentan diferentes disposiciones vigentes que regulan la misma situación; hipótesis en la cual debe escogerse la más favorable.
Condición más beneficiosa. Se configura cuando hay una sucesión normativa, es decir, una nueva más desfavorable que deroga una anterior; en este caso, la nueva se inaplica, dándole efectos ultraactivos a la vieja, que se encuentra derogada, constituyéndose en una excepción al principio de irretroactividad de la ley.

En realidad, es un solo principio, el de favorabilidad, que comprende las tres reglas relacionadas en el cuadro comparativo.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2022, abril 18). Favorabilidad, In dubio pro operario y condición más beneficiosa [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/favorabilidad-in-dubio-pro-operario-y-condicion-mas-beneficiosa.html

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