En el impuesto a las ventas no hay regímenes especiales como en el impuesto a la renta; por lo tanto, siempre que se venda un producto gravado o se preste un servicio gravado, se es responsable del impuesto con todas las ampliaciones que ello conlleva.
Régimen especial en renta no lo es en Iva.
Esta aclaración se hace debido a que constantemente en Gerencie.com recibimos consultas de ONGs y empresas del régimen especial en renta, como cooperativas, corporaciones y fundaciones, respecto a si tienen un beneficio especial frente al Iva.
Como en el impuesto a las ventas no existe un régimen especial, toda empresa, organización o sociedad que realice una actividad gravada con el Iva es responsable de ese Iva, y debe recaudarlo y, además, debe pagarlo cuando adquiere un producto gravado.
La responsabilidad del Iva está determinada por la actividad que se desarrolla, no por la calidad o naturaleza de la empresa.
Responsabilidad del Iva de fundaciones, ESAL y demás.
Respecto al Iva, es indiferente si quien desarrolla una actividad gravada es una ONG, fundación, corporación o una sociedad comercial; en cualquier caso, se es responsable del Iva, de modo que debe cobrar y declarar el Iva por cuanto desarrolla una actividad que se encuentra gravada con el impuesto a las ventas.
Ahora, si la fundación o ESAL desarrolla una actividad excluida del Iva, pues no será responsable del Iva, como tampoco lo será una empresa comercial que desarrolle la misma u otra actividad excluida del Iva.
En el impuesto de renta sí existen tratamientos diferenciales y especiales para las entidades sin ánimo de lucro, más no en el impuesto a las ventas, lo que debe quedar claro.
Cómo sé si una organización es o no responsable del Iva.
Esta es otra de las preguntas relacionadas con este tema, puesto que algunas personas quieren saber si una empresa determinada es o no responsable del Iva.
Bien, para saber si una empresa u organización es o no responsable del Iva, basta con solicitarle una copia del RUT, puesto que la responsabilidad del Iva figura en el RUT de la empresa, ONG o fundación, por lo que no es necesario recurrir a ningún otro documento, certificado o resolución para conocer si una empresa u organización es o no responsable del Iva.
El código de responsabilidad del Iva es el 48, que figura en la casilla 53 del registro único tributario, RUT.
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