Los días de descanso, como domingos y festivos, no se cuentan como vacaciones, ya que las vacaciones son días hábiles, por lo que se excluyen los días no hábiles, es decir, los días de descanso obligatorio.
Por cada año de trabajo, el empleado disfruta de 15 días hábiles, lo que implica que se deben sumar los domingos y festivos a esos 15 días para determinar el total de días que el trabajador tendrá de vacaciones.
Ahora, si el trabajador termina las vacaciones justo antes de un día de descanso obligatorio, no tendrá que ir a trabajar ese día, precisamente por ser un día de descanso obligatorio.
Por ejemplo, si el trabajador termina sus vacaciones el sábado, solo debe regresar a trabajar el lunes, pues el domingo, por su propio derecho, es de descanso obligatorio, y si fuera llamado a laborar, se le tendrá que pagar el recargo respectivo.
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